Ramps Logistics obtiene el certificado de contenido local

Ramps Logistics obtiene el certificado de contenido local


Noticias del día del inmigrante negro

El contenido apareció originalmente en: INews Guyana

Después de mucha controversia, Ramps Logistics, con sede en Trinidad, ha recibido su certificado de contenido local tras una sentencia del Tribunal Superior el pasado viernes.

La presidenta del Tribunal Supremo (ag), Roxane George, consideró que la empresa ha cumplido todos los requisitos para la certificación de contenido local y, por tanto, ordenó al director de la Secretaría de Contenido Local, Martin Pertab, que certificara a la empresa antes del mediodía del lunes 14 de noviembre.

La jueza George advirtió a Pertab de que se le consideraría en desacato y se le multaría si no cumplía sus órdenes.

En septiembre, la empresa había interpuesto un recurso de revisión judicial contra el ministro de Recursos Naturales, Vickram Bharrat, la Secretaría de Contenido Local, Pertab y el fiscal general Anil Nandlall, SC (los demandados) por la decisión de denegar el certificado de contenido local.

En su solicitud, Ramps Logistics dijo que es una “empresa guyanesa” y sostuvo que la decisión del gobierno del 8 de junio de rechazar su solicitud que fue presentada en abril para un Certificado de Contenido Local no sólo es “ilegal, irrazonable y arbitraria”, sino que viola la Ley de Contenido Local 2021. La solicitud fue rechazada por el ministro Bharrat.

La jueza George dictó su breve sentencia oral el viernes, unas dos horas después de terminar de escuchar los argumentos en el asunto. Consideró que los demandados se habían quedado muy cortos a la hora de contrarrestar la solicitud de revisión judicial de la empresa. Además de considerar que el ministro Bharrat no tenía autoridad, en virtud de la Ley de Contenido Local, para decidir la concesión o denegación de la certificación, consideró que la Pertab había tenido en cuenta cuestiones irrelevantes para decidir la denegación de la solicitud de la empresa. Los factores irrelevantes a los que aludió incluyen los cargos penales contra Ramps Logistics por hacer declaraciones falsas a la Autoridad de Ingresos de Guyana (GRA), que se presentaron en octubre, varios meses después de que la empresa presentara su solicitud.

Los detalles de los cargos indicaban que, entre 2021 y 2022, en la sede de la GRA en Camp Street, Georgetown, la empresa hizo varias declaraciones falsas a la consideración de un funcionario de aduanas, sobre una solicitud presentada para la exención de impuestos sobre artículos.

El procurador general Nigel Hawke, que compareció en nombre de los demandados, admitió que Ramps Logistics sí había cumplido los requisitos para inscribirse en el registro de contenido local. Según él, después de que la empresa volviera a presentar su solicitud, ésta fue, sin embargo, detenida a la espera de la vista y la determinación de esos cargos penales.

Aunque la ley no estipula que una acusación penal sea un motivo por el que se pueda denegar la certificación a una empresa, Hawke argumentó que la consideración de este hecho se refiere a la conducta de la empresa, especialmente porque las acusaciones formuladas contra Ramps Logistics implicaban evasión fiscal.

Dijo que el hecho de no tener la certificación de contenido local no impide a la empresa operar en el sector del petróleo y el gas, sino que sólo limita lo que puede y no puede hacer.

Sin embargo, el presidente del Tribunal Supremo cuestionó los motivos de la Secretaría de Contenido Local para negar a la empresa el certificado. “Es sólo una acusación; no se ha probado”, le dijo a Hawke al tiempo que le recordaba el principio de presunción de inocencia de la Constitución de Guyana.

El juez George razonó que no se puede negar a la empresa un certificado de contenido local sobre una base que no está establecida en la Ley de Contenido Local y dados los parámetros constitucionales mencionados.

Según ella, la ley de contenido local establece un régimen sencillo para el registro una vez que la empresa satisface los criterios. Tras examinar los documentos pertinentes presentados por Ramps Logistics, la Presidenta del Tribunal Supremo dijo que la empresa ha cumplido todos los requisitos y condiciones previas exigidos por la ley, en este caso -ser una empresa guyanesa- para la expedición del certificado.

“No hay ninguna prueba presentada por los demandados para contrarrestar la información proporcionada por [Ramps Logistics] que he concluido que satisface los requisitos de la Ley de Contenido Local. El Sr. Pertab, en su declaración jurada de defensa, se refiere a un formulario C, una lista de requisitos que no tiene base legal. También se refiere a los cargos de la Autoridad Fiscal de Guyana, que son irrelevantes para la determinación de una solicitud en virtud de la Ley de Contenido Local”, sostuvo el juez George.

Carece de reglamentos y normas

La jueza George observó que la Ley de Contenido Local “puede ser deficiente”, ya que “no tiene ningún tipo de reglamento”, que, según subrayó, es necesario para evitar la toma de decisiones arbitrarias.

El Procurador General aseguró que se estudiarán estas deficiencias de la ley.

Teniendo en cuenta sus conclusiones, la jueza George declaró que la Secretaría de Contenido Local infringió la Ley de Contenido Local al negarse a conceder la certificación a la empresa.

Como “empresa guyanesa”, la presidenta del Tribunal Supremo declaró además que Ramps Logistics tiene derecho a que se le expida un certificado y a ser inscrita en el registro de contenido local y, en consecuencia, concedió una orden de certiorari que anula la decisión del ministro Bharrat del 8 de junio.

En consecuencia, ordenó a Pertab que expidiera a Ramps Logistics un certificado de contenido local antes del mediodía del lunes 14 de noviembre. En cuanto a la cuestión de las costas y la indemnización por daños y perjuicios que la empresa solicitó a los demandados, el juez George dijo que éstas se evaluarán en audiencias separadas.

El caso vuelve a plantearse el 20 de febrero de 2023 para recibir nuevas instrucciones. Ramps Logistics (Guyana) estuvo representada por el abogado principal Edward Luckhoo y el abogado C.V. Satram.

Importante victoria

Ramps Logistics, en un comunicado el viernes, dijo que acogía con satisfacción la decisión del Presidente del Tribunal Supremo.

“Esta victoria es significativa para el pueblo de Guyana. Este rápido veredicto demuestra la independencia del Tribunal y que las empresas privadas y extranjeras invierten en Guyana con el apoyo de un sistema judicial justo y transparente. Los que siguen nuestro caso deben sentirse seguros de que el sistema judicial de Guyana es sólido e independiente y apoyará a los que estén dispuestos a invertir en la economía de Guyana y a hacerla crecer.”

Según Ramps, está dispuesta y comprometida a trabajar con el gobierno y el pueblo de Guyana para que ésta brille en la escena mundial.

Criterios

La Ley de Contenido Local de Guyana define a una empresa local como aquella constituida conforme a la Ley de Sociedades y que es propiedad de ciudadanos guyaneses.

La propiedad beneficiosa se define como la posesión del 51 por ciento de la empresa. Además, se espera que una empresa local tenga guyaneses en al menos el 75 por ciento de los puestos ejecutivos y de alta dirección, y al menos el 90 por ciento en puestos no directivos y otros.

En una carta dirigida a Ramps Logistics, Pertab había informado a la empresa de que, entre los motivos para la denegación del certificado de contenido local, se encontraba el hecho de no haber proporcionado información precisa en cumplimiento de la ley de contenido local. También se incluía en las razones la presentación por parte de la empresa de documentos dudosos que no indicaban claramente las modificaciones de la constitución y el hecho de que su Consejo de Administración Ejecutivo fuera 75 por ciento guyanés.

En una conferencia de prensa, el Director General (CEO) de Ramps Logistics (Guyana), Shaun Rampersad, había relatado que la empresa cedió el 51% de la propiedad de sus operaciones en Guyana al inversor Deepak Lall, con sede en Trinidad y que tiene ascendencia guyanesa, para que sus operaciones cumplieran con la Ley de Contenido Local.

El abuelo y el padre de Lall nacieron en Guyana, pero emigraron en 1961, y la familia dirige ahora una de las mayores empresas de petróleo y gas del Caribe desde Trinidad. De hecho, el abuelo de Lall se dedicaba al negocio del petróleo en Guyana, con una gasolinera, la Lall’s Esso Station, en Vreed-en-Hoop, West Bank Demerara (WBD), durante la década de 1950.

Según el director general, Lall compró el 51% de las acciones por 210 millones de dólares, y el dinero se destinó a dos grandes proyectos de la empresa: una nueva línea aérea de carga para aumentar el transporte aéreo hacia y desde Guyana, y una nueva línea marítima para transportar carga entre Guyana, Trinidad y Surinam.

A pesar de las afirmaciones de la Secretaría de Contenido Local en cuanto a sus excusas para no abordar la emisión del certificado, la empresa alegó que la Secretaría ha concedido una serie de certificados a empresas que se encuentran en una situación similar a la suya, incluida Crane Worldwide Logistics (Guyana), que presentó su solicitud alrededor del 20 de julio y se le concedió un certificado de contenido local el 3 de agosto. “El 51% de las acciones emitidas de esa empresa están en manos de ciudadanos guyaneses y 15 de su Consejo de Administración están formados por ciudadanos guyaneses”, señaló.

Pierde contratos multimillonarios

La empresa se quejó de que se ha visto gravemente afectada por la decisión y se arriesga a perder contratos multimillonarios de operadores de la industria petrolera.

En una declaración jurada en apoyo de sus alegaciones, la Directora de Logística de Ramps Logisitcs, Samantha Cole, declaró que si la empresa no es incluida en el registro de contenido local, se verá obligada a reducir sus operaciones y a despedir a la mayoría de sus empleados.

Según Cole, Ramps Logistics fue seleccionada para la adjudicación de un nuevo contrato por Esso Petroleum and Production (Guyana), filial de ExxonMobil (Guyana) el 31 de mayo, y tiene un contrato vigente con la empresa que expira a finales de este mes.

El nuevo contrato, que tiene una duración de cinco años y está valorado en un mínimo de 25 millones de dólares, señaló, está listo para su firma, pero aún no se ha firmado porque la empresa no ha podido conseguir un certificado de registro de contenido local.

Teniendo en cuenta esto, el Director de Logística declaró que si la certificación de Contenido Local no se concede de manera oportuna y antes del 31 de octubre, Esso Petroleum and Production se verá obligada a adjudicar la licitación a otro. Esto podría dar lugar a que Ramps Logistics no pudiera conseguir otro contrato con el operador del sector petrolero, señaló.

Según ella, el Director de la Secretaría de Contenido Local ha estado disuadiendo a las personas/empresas de hacer negocios con Ramps Logistics porque no tiene la certificación de Contenido Local.

Durante el período de julio a agosto de 20222, dijo que varios de los clientes de Ramps Logistics informaron a la empresa que en una reunión mensual de proveedores con la Secretaría de Contenido Local, se les aconsejó especialmente que no utilizaran los servicios de la empresa porque no era titular de un Certificado de Contenido Local. Schlumberger (Guyana), SOS International, Baker Hughes, G-Boats, Frank’s International y CGX, dijo Cole, han sido desaconsejados por la Secretaría de Contenido Local de utilizar Ramps Logistics, que es uno de los principales proveedores logísticos de esta última.

Cargos y multas

En octubre, la Autoridad Fiscal de Guyana (GRA) presentó 10 cargos contra Ramps Logistics (Guyana) por supuestas declaraciones falsas.

Según la GRA, estos cargos, que se ajustan a las disposiciones del capítulo 82:01 de la Ley de Aduanas, y que fueron presentados en los tribunales de primera instancia de Georgetown, se derivan de una investigación recientemente concluida por su División de Aplicación de la Ley e Investigaciones.

El director general de Ramps Logistics compareció ante el tribunal en nombre de la empresa y se declaró no culpable de los cargos. Quedó en libertad bajo una fianza de 500.000 dólares y deberá volver al tribunal el 25 de noviembre.

Los 10 cargos no son el primer enfrentamiento que Ramps Logistics tiene con la Autoridad Fiscal. En junio de este año se supo que la empresa fue multada con 20 millones de dólares por la GRA por violar las leyes aduaneras locales. Ramps Logistics actúa como agente de la motonave Seacor Mixteca y, según la GRA, no había informado de la salida del buque de Guyana, lo que viola la Ley de Aduanas. Por lo tanto, la multa se pagó en lugar de iniciar un proceso judicial contra la empresa.

NewsAmericasNow.com


Source link